El santuario de Fátima anunció la concesión de una indulgencia plenaria por mandato del papa Francisco, durante este año jubilar que inició el 27 de noviembre de 2016 y concluirá el 26 de noviembre de 2017.
Durante este Año Jubilar, la indulgencia será concedida:
A los fieles que visiten en peregrinación el Santuario de Fátima y participen devotamente de alguna celebración o oración en honor de la Virgen María, recen la oración del Padre Nuestro, reciten el Símbolo de la Fe (Credo) e invoquen a Nuestra Señora de Fátima;
A los fieles que visiten devotamente una imagen de la Virgen de Fátima expuesta a la veneración en iglesias, capillas o lugares adecuados en los días del aniversario de las Apariciones (día 13 de cada mes, de mayo a octubre de 2017), participen en celebraciones o oraciones en honor de la Virgen María, recen la oración del Padre Nuestro, reciten el Símbolo de la Fe (credo) e invoquen a Nuestra Señora de Fátima;
– a los fieles que por razón de edad, enfermedad o graves motivos no puedan moverse, estén arrepentidos de sus pecados y tengan la firme intención de poner en práctica, tan pronto como sea posible, las tres condiciones indicadas ante una pequeña imagen de la Virgen de Fátima; Y en los días de las Apariciones, se unan espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo con confianza a Dios misericordioso, por medio de María, sus oraciones, sufrimientos y dificultades.
Para obtener la indulgencia plenaria, los fieles sinceramente arrepentidos y animados por la caridad deben cumplir las siguientes condiciones: confesión sacramental, comunión eucarística y oraciones por las intenciones del Papa.
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